El Ley de Protección contra Infecciones (IfSG) Su objetivo es prevenir las enfermedades transmisibles en los seres humanos y detener su propagación. Para la industria alimentaria y gastronomía son especialmente los Artículos 42 y 43 de la Ley de Protección contra Infecciones (IfSG) pertinente. La instrucción según la Ley de Protección contra Infecciones (IfSG) no reemplaza la Capacitación en higiene de los alimentos. – Ambos son obligatorios por separado.
§ 42 Regula las prohibiciones de actividad y empleo: por ejemplo, las personas que padecen ciertas infecciones gastrointestinales, fiebre tifoidea, hepatitis A o E, o que excretan los patógenos correspondientes, así como las personas con heridas infectadas o enfermedades de la piel a través de las cuales los patógenos pueden entrar en los alimentos, no están autorizadas a trabajar con ciertos alimentos.
§ 43 Regula el deber de impartir instrucción:
- Instrucciones iniciales: Antes de comenzar a trabajar, el certificado debe ser expedido por el departamento de salud o por un médico designado; el certificado no debe tener una antigüedad superior a tres meses al momento de comenzar a trabajar.
- Instrucciones de seguimiento: El empleador deberá completar el cuestionario una vez que el empleado haya comenzado a trabajar y, posteriormente, cada dos años; dicho cuestionario deberá quedar documentado. Los empleadores pueden completarlo fácilmente en línea, por ejemplo, con nuestra herramienta. Instrucciones de seguimiento sobre la Ley de protección contra infecciones o el Formación en vídeo.
Quienes prefieran impartir la formación ellos mismos in situ pueden utilizar el material preelaborado. Presentación para fines instructivos. También se ofrece formación de seguimiento para equipos multilingües. en turco.
